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Fracaso de la actual unidad de ejecucion especializada del gobierno central del Ecuador, para manejar la seguridad ciudadana.
En el estado Ecuatoriano, la constitución hace referencia al problema delincuencial en tres artículos, interpretados bajo un enfoque centralista y desde el punto de vista Policial:
1) Art. 261, el estado central tendrá competencias exclusivas sobre:
1. la defensa nacional, protección interna y orden público.
2) Art. 158 de la nueva constitución, se establece que “la protección interna y el mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y responsabilidad de la Policía Nacional ”.
3) Art. 163.- de la actual constitución, señala: “La Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional
Los tres primeros artículos nos muestran claramente una política centralista para la solución del fenómeno delincuencial, donde se destaca lo siguiente:
1.- El estado tiene la competencia exclusiva y privativa.
2.- La policía nacional tiene la responsabilidad de la protección interna, mantenimiento del orden público y atención a la seguridad ciudadana.
Esta interpretación, para la solución a un problema netamente social, fue aplicada en los años 1950, es decir hace más de medio siglo en el PASADO, donde se violaban muchos de los derechos humanos, hoy conquistados.
CENTRALISMO, REPRESION Y SEGURIDAD CIUDADANA.
Es penoso decirlo, pero actualmente se pretende solucionar un problema de estas características con acciones de fuerza, para sustento de lo anteriormente manifestado, recordaremos que la población de Quito ha sido y es un escenario histórico de movilización social. Por lo que según la CEDHU (COMISION ECUMENICA DE DERECHOS HUMANOS) en un artículo publicado el lunes 11 de febrero del 2008, sostiene que en abril de 2005 la población fue repelida de forma brutal, como nunca antes había sucedido. La primera razón que puede saltar a la vista es que toda esta violencia se enmarca en la lógica represiva que el Gobierno de Gutiérrez venía implementando de forma cada vez más explicita sobre los opositores, detractores y manifestantes y como la Institución policial no está libre de corrupción se denuncio que en aquel tiempo existía otra razón adicional para fomentar la actitud REPRESIVA, y es que la represión a la que fue sometida la población de Quito era y tal vez sigue siendo un negocio. Se denuncio que en la población de Calacalí funciona la empresa Gasespol, una empresa de economía mixta (70% pertenece a la Policía Nacional y 30% al Sr. Carlos Cevallos), cuyo objetivo es producir gases para la policía y para armar pistolas glock modelo 17.
Estos hechos que fueron y otros como los del 2008, cuando los estudiantes de la Universidad Católica de la ciudad de Guayaquil, fueron REPRIMIDOS por la policía, bajo una orden expresa, indirecta e implícita del Presidente Correa “vayan y enséñenles a esos majaderos a respetar, ustedes son mas y ellos pocos” fueron las palabras de primer promotor de la violación a los derechos humanos.
Estas y otras son muestran suficientes para preestablecer que tipo de política se emplea para solucionar un problema multi-causal y plural hoy en pleno año 2009.
Con este amargo recuerdo, solo puedo calificar con un solo criterio a la policía nacional ecuatoriana, “UNA INSTITUCION REPRESIVA”
La novísima Unidad de Ejecución Especializada, creada por el actual gobierno, y que diseñó un plan para atender el problema delincuencial, puso en ejecución el plan de seguridad ciudadana, que en su esencia aplicativa opera en forma independiente, pues en ninguna parte del mismo, se propone liderar un proceso de creación de un sistema nacional de seguridad ciudadana con participación de todas las instituciones públicas y privadas, niveles de gobierno y comunidad.
En su defecto el gobierno central ha dado claras muestras de pretender destruir los logros hasta aquí alcanzados por la iniciativa de varios gobiernos cantonales, como es el caso de Guayaquil.
Las líneas de intervención del plan de seguridad del gobierno, propone ejecutar seis áreas: análisis e investigación, prevención y vigilancia, relación policía-comunidad y servicios, auxilio y repuesta, formación y especialización y bienestar de la policía; para ello creará un instituto nacional de investigación y observatorio de Seguridad Ciudadana; que emitirán los resultados o percepciones de inseguridad como jueces y parte del problema. En el documento no existen indicios de promover una integración social e inter institucional, con estrategias que permitan vigilar y no patrullar, prevenir y no reprimir.
El entrenamiento de la policía y su apego al gobierno de turno, no le permite constituirse en una policía con vocación de servicio a la comunidad, se ha demostrado en muchos países del mundo que una policía es de REPRESION y RESPUETA ARMADA; o es de PREVENCION y SERVICIO A LA COMUNIDAD.
En conclusión las acciones, dediciones y el discurso político del actual gobierno, aparecen dominados por el miedo, la descongestión carcelaria, leyes que protegen y promueven la delincuencia y del corto plazo, con un predominio de soluciones que privilegian el uso de la fuerza, las restricciones de libertad y el fortalecimiento Policial como mecanismos aptos para delinear las soluciones. Es decir, un sentido contrario a aquel en que se supone avanzan los cambios sociales con respeto a la democracia.
DESCENTRALIZACION DE COMPETENCIAS
Actualmente la seguridad ciudadana ha pasado a ser parte de las principales necesidades de la población, lo cual ha sido tomado como un aspecto central en la agenda política. Ello coincide tanto con la recuperación democrática, como con el aumento efectivo de la tasa de delitos cometidos.
En el caso del Ecuador, tiene enorme importancia para medir la capacidad de un determinado nivel de gobierno, que ha prometido esperanzas y un buen vivir manifestados en la constitución aprobada en septiembre del 2008.
Como lo hemos manifestado, el fenómeno delincuencial sostiene un determinismo sociológico que lo convierte en tema exclusivamente social, y no policial, en el cual las dinámicas de violencia y criminalidad son meros subproductos de patrones de desigualdad y exclusión social, cuyo mejoramiento sería suficiente para revertirlos o hacerlos desaparecer.
Este enfoque, nos exige reflexionar profundamente en el tema, generando dos escenarios de enormes consecuencias prácticas. El primero es que las acciones de represión y fortalecimiento de la policía, serían un esfuerzo perdido mientras se mantengan las pésimas condiciones de vida y estructurales que permiten la delincuencia en el pais. Y el segundo escenario, es una percepción por la comunidad, que ve amenazado su patrimonio y seguridad personal por una clase marginal y peligrosa.
Bajo esta concepción, la solución al problema delincuencial de nuestro país debe tener un desarrollo más elaborado, tanto de políticas públicas, como del aparecimiento de una doctrina adaptable a la realidad de nuestro país, que integre los diversos componentes de la seguridad ciudadana y le entregue un sentido estratégico a las soluciones que se intentan.
De allí una acción integral para crear el nuevo sistema nacional de seguridad ciudadana, que promueva la participación social por medio de los diferentes niveles de gobierno, especialmente el Municipio, que son los que se encuentran más cerca del clamor social y del servicio e integración social.
En la actual constitucion encontramos un solo articulo que promueve la integracion de los componentes de la seguridad publica, articulo que cito y dice:
4) Art. 393.- Seguridad Humana.
Políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz y prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos. La planificación y aplicación de estas políticas se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de gobierno.
Bajo el amparo del Art. 393 de la constitución del estado, los niveles de gobierno provincial, cantonal y parroquial, tienen la gran responsabilidad de proponer las soluciones para la inseguridad, soluciones que se ecnucnetran plenamente establecidas en la LEY DE REGIMEN MUNICIPAL CODIFICADA y que textualmente dice:
Saludos cordiales,
Myr. Marco Salinas C.
Director
Asociación pro Seguridad Ciudadana
Ecuador
Pto. Ctto.
Tcel: 096117279
04-2292760 ext-107
Guayaquil Ecuador
Web : www.aprosececuador.galeon.com
“Art. 155. De la misma ley. En el ámbito legal, la ley de régimen municipal autoriza en base de los art. 63 No. 48 y 155 otorga y dice: se incorpora la obligación legal que tienen los municipios del país en materia de protección, seguridad y convivencia ciudadana y que les compete de acuerdo a sus posibilidades, cooperar y coordinar con la PP.NN, la comunidad y otros organismos en la formulación de políticas locales sobre protección, seguridad y convivencia ciudadanas, en la definición de formas de coordinación. En la contribución al financiamiento de la seguridad ciudadana, en su evaluación y elaboración de planes de protección a la población en riesgo”.